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1 - Según el artículo 2.4 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, la potestad que faculta a la Generalitat para estructurar, establecer el régimen jurídico y dirigir y fijar los objetivos de la función pública valenciana, es la potestad de:
Autoorganización.
Sancionadora.
Revisión de oficio de sus actos y acuerdos.
Tributaria.