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1 - Según el artículo 20.1, párrafo primero, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
Las Administraciones Públicas podrán establecer sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados.
Las Administraciones Públicas que lo deseen podrán establecer sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados.
Las Administraciones Públicas establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados.