Teórico parte 3 - Examen Operario/a Servicios Generales Ayuntamiento de Madrid 19/10/2023

1 - Según el art. 45.2 del Acuerdo Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos, los trabajadores tienen derecho a:
Utilizar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, materiales, sustancias peligrosas, equipos y cualquier medio con los que desarrollen su actividad. Asimismo, utilizarán correctamente los dispositivos de seguridad existentes en los lugares de trabajo y harán buen uso de los medios y equipos de protección facilitados por el Ayuntamiento, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
La vigilancia permanente y continua de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes a su puesto. La periodicidad, a la que se hace referencia en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, de los reconocimientos médicos será la que marquen los Protocolos de Vigilancia Sanitaria específica de los/as trabajadores/as. El personal municipal que deba acudir a estos reconocimientos médicos fuera de su jornada laboral por practicarse en turno distinto al suyo, será compensado con cargo a su jornada laboral del tiempo invertido en los mismos.
Recibir una información teórica y práctica suficiente y adecuada tanto en el momento de su contratación, como periódicamente, cuando se produzcan cambios en las funciones, cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
2 - En el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se regulan los derechos individuales. ¿Cuál de los siguientes no es un derecho individual de los empleados públicos en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio?:
A la defensa jurídica y protección de la Administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos.
A la movilidad en la condición de funcionario de carrera.
A la intimidad en el uso de dispositivos digitales puestos a su disposición y frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización, así como a la desconexión digital en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
3 - Según el artículo 49, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en referencia a los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género o de violencia sexual y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos, se concederá con las correspondientes condiciones mínimas:
Permiso por nacimiento para la madre biológica: tendrá una duración de dieciséis semanas, de las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al parto serán en todo caso de descanso obligatorio e ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en cuatro semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de parto múltiple, dos para cada uno de los progenitores.
Permiso por razón de violencia de género o de violencia sexual sobre la mujer funcionaria: las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género o de violencias sexuales, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda. Asimismo, las funcionarias víctimas de violencia sobre la mujer o de violencias sexuales, tendrán derecho a la reducción de la jornada con disminución proporcional de la retribución.
Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: el funcionario tendrá derecho, siempre que uno de los progenitores, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente no trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas).
4 - Según el artículo 18, de la Constitución Española, se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas:
Salvo resolución procesal.
Salvo resolución judicial.
Salvo resolución administrativa.
5 - ¿Qué regula en su contenido el artículo 43 del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales?
El carácter de los bienes.
La utilización de los bienes.
La respuesta a) y b) son correctas.
6 - En relación con las pistas de juegos de raquetas, según regula el Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, solamente podrán utilizar simultáneamente las pistas:
Cuatro personas, en cualquier caso.
No más de dos personas en las pistas de squash.
Más de dos personas en las pistas de squash si pertenecen a una escuela deportiva municipal.
7 - Es un deber de los usuarios de las Instalaciones Deportivas Municipales:
Recibir el servicio por personal con la cualificación adecuada.
Disponer de instalaciones y equipamientos deportivos en buenas condiciones de uso y accesibles a personas con alguna discapacidad.
Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás usuarios y personal de los servicios deportivos.
8 - El Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, define a las instalaciones deportivas municipales como:
Aquel recinto o construcción provista de medios para el aprendizaje y la competición de uno o más deportes, que se realicen al aire libre en las instalaciones destinadas a la práctica de dicha actividad física.
Aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física.
Aquel recinto o construcción provista de medios para la competición de uno o más deportes que se realizan al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física.