Parte 12 - Examen Administrativo/a (P.I) Ayuntamiento de Huesca 21/01/2025

1 - De acuerdo con la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ¿qué porcentaje de los ingresos brutos procedentes de la facturación anual deben pagar las empresas de servicios de suministros, por la utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales?
El 1%.
El 1,5%.
El 2%.
El 2,5%.
2 - ¿Qué destino deben tener las cantidades recaudadas en concepto de Contribuciones Especiales según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales?
Financiar gastos corrientes del municipio.
Cubrir cualquier tipo de gasto municipal.
Sufragar los gastos de la obra o del servicio por cuya razón se hubiesen exigido.
Compensar déficits presupuestarios.
3 - ¿Qué destino pueden tener los ingresos procedentes de la enajenación de bienes patrimoniales?
Pueden destinarse a financiar gastos corrientes sin restricciones.
Pueden destinarse a la financiación de gastos corrientes, previa aprobación de un plan de saneamiento financiero y autorización del órgano de tutela financiera.
No podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes, salvo que se trate de parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales.
Solo pueden destinarse a la financiación de gastos de capital.
4 - ¿Qué criterio general se utiliza para fijar el importe de las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local?
Un porcentaje fijo sobre el valor catastral del bien.
El valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, si los bienes afectados no fuesen de dominio público.
Un importe establecido discrecionalmente por el ayuntamiento.
El coste del servicio prestado, únicamente.
5 - En relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), ¿qué pueden hacer los ayuntamientos en cuanto a los tipos de gravamen?
Aplicar un tipo único para todos los bienes inmuebles del municipio.
Incrementar los tipos fijados por la ley en ciertos casos, como municipios que son capital de provincia o que prestan servicios de transporte público colectivo, o establecer tipos diferenciados para los bienes inmuebles urbanos excluidos los de uso residencial.
Reducir los tipos de gravamen solo en casos excepcionales justificados.
Establecer tipos de gravamen inferiores al 0,1 por ciento en bienes urbanos y 0,075% en rústicos sin límite temporal.
6 - De acuerdo con las fuentes, y en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), ¿qué afirmación es INCORRECTA?
El tipo de gravamen es fijado por cada ayuntamiento, sin que pueda exceder del 30%.
Los ayuntamientos pueden regular una bonificación de hasta el 95% de la cuota íntegra en las transmisiones de terrenos a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes.
El impuesto no está sujeto al incremento de valor que experimenten los terrenos que tengan la consideración de rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, siempre y cuando estén contemplados como tales en el Catastro.
Los ayuntamientos podrán establecer una reducción cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general.
7 - Según la normativa sobre el presupuesto de las entidades locales, ¿cuál es el plazo mínimo de exposición pública del presupuesto general tras su aprobación inicial?
10 días.
15 días.
20 días.
30 días.
8 - ¿A quién compete la función de ordenación de pagos en una entidad local?
Al Interventor municipal.
Al Tesorero.
Al presidente de la entidad local.
Al Pleno de la corporación.
9 - De acuerdo con la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ¿cuál es el plazo máximo para que las entidades locales confeccionen la liquidación de su presupuesto?
Antes del 31 de diciembre del ejercicio.
Antes del 15 de enero del ejercicio siguiente.
Antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente.
Antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente.
10 - Según la normativa sobre operaciones de crédito de las entidades locales, si un ayuntamiento necesita concertar una operación de crédito a largo plazo, ¿qué condición es necesaria cuando el importe acumulado de las operaciones de crédito vivas supera el 75% de los ingresos corrientes?
La aprobación del Ministerio de Hacienda.
La autorización de los órganos competentes y la presentación de un plan de saneamiento financiero.
Un informe favorable de la Intervención municipal.
La aprobación por mayoría absoluta del Pleno.