1 - Según el art. 757 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el procedimiento abreviado:
Se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración.
Se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a doce años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración.
Se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a seis años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración.
2 - Según el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación a la autoridad gubernativa correspondiente podrá hacerse con una antelación mínima de:
Veinticuatro horas.
Cuarenta y ocho horas.
Setenta y dos horas.
3 - Según el artículo 9 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, señale la respuesta incorrecta:
La autoridad gubernativa notificará al Ayuntamiento afectado los datos contenidos en el escrito de comunicación, excepto cuando se trate de una convocatoria urgente de las previstas en el párrafo segundo del artículo 8, a fin de que éste informe en un plazo de veinticuatro horas sobre las circunstancias del recorrido propuesto.
El informe que emita el Ayuntamiento afectado se referirá a causas objetivas tales como el estado de los lugares donde pretenda realizarse, la concurrencia con otros actos, las condiciones de seguridad de los lugares con arreglo a la normativa vigente y otras análogas de índole técnico.
El informe que emita el Ayuntamiento afectado tendrá carácter vinculante y deberá ser motivado.
4 - Según el artículo 36 de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, el instructor formulará el correspondiente pliego de cargos:
En el plazo de diez días, concediendo al expedientado un plazo de diez días para que pueda contestarlo.
En el plazo de diez días, concediendo al expedientado un plazo de quince días para que pueda contestarlo.
En el plazo de quince días, concediendo al expedientado un plazo de diez días para que pueda contestarlo.
5 - Según el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas muy graves son (señalar la incorrecta):
La separación del servicio.
La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de ocho años.
El traslado forzoso.
6 - Según la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, los Ayuntamientos podrán conceder licencias provisionales para el funcionamiento de los locales o establecimientos regulados en esta Ley, siendo su vigencia máxima de:
3 meses, prorrogables por causa justificada y a instancia del solicitante por un periodo igual de tiempo.
6 meses, prorrogables por causa justificada y a instancia del solicitante por un periodo igual de tiempo.
6 meses, prorrogables por causa justificada y a instancia del solicitante por otros 3 meses.
7 - El incumplimiento de la obligación de tener suscritos los contratos de seguro exigidos en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, constituye una infracción:
Leve.
Grave.
Muy grave.
8 - Según el artículo 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se entenderá por “riesgo laboral”:
La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Los medios potencialmente peligrosos que originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.
Cualquier característica que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
9 - La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece que el número de Delegados de Prevención en empresas de 1.001 a 2.000 trabajadores será de:
3 Delegados de Prevención.
4 Delegados de Prevención.
5 Delegados de Prevención.
10 - Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer la siguiente función, establecida en el art. 53 de la L. O. 2/1986, de 13 de marzo:
Participar en las funciones de Policía Judicial en la forma establecida en el artículo 34.2 de la referida Ley.
Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
Cooperar en la resolución de los conflictos privados en todo caso.