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1 - Como el municipio tiene organismos autónomos dependientes y hay sociedades mercantiles cuyo capital social le pertenece íntegramente o en el que participa en parte, en el presupuesto general se integrarán de acuerdo con el artículo 164.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales:
El presupuesto de la propia entidad, los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local y los presupuestos de los organismos autónomos dependientes de la entidad local.
El presupuesto de la propia entidad, los estados de previsión de gastos e ingresos de los organismos autónomos dependientes de esta y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente o parcialmente a la entidad local.
El presupuesto de la propia entidad, los presupuestos de los organismos autónomos dependientes de esta, los presupuestos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles en las que la participación de la entidad local sea minoritaria.
El presupuesto de la propia entidad, los estados de previsión de gastos e ingresos de los organismos autónomos dependientes de esta y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles en las que la participación de la entidad local sea mayoritaria o minoritaria.
