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1 - Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, artículo 21.1, ¿cuál es la diferencia esencial de composición entre los órganos colegiados interministeriales y los órganos colegiados ministeriales?
Los órganos colegiados interministeriales se integran por miembros procedentes de diferentes Ministerios, mientras que los órganos colegiados ministeriales se integran por componentes procedentes de los órganos de un solo Ministerio.
Los órganos colegiados interministeriales se integran por miembros procedentes de los órganos de un solo Ministerio, mientras que los órganos colegiados ministeriales se integran por componentes procedentes de diferentes Ministerios.
Los órganos colegiados interministeriales se integran por miembros procedentes de diferentes Ministerios, mientras que los órganos colegiados ministeriales se integran por componentes procedentes de varios Ministerios.