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1 - Según el artículo 78 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, ¿sobre qué sujetos puede supervisar el Síndic de Greuges la actividad para proteger los derechos reconocidos por la Constitución y el Estatuto?
Exclusivamente la Administración de la Generalitat y los órganos constitucionales del Estado con sede en Cataluña
Solo las empresas privadas que gestionan servicios públicos o de interés general en el territorio de Cataluña
La Administración de la Generalitat, su sector público vinculado o dependiente y la Administración local de Cataluña y sus entes vinculados o dependientes