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1 - En contratación pública, el artículo 159 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, atribuye competencia exclusiva a la Generalitat sobre
organización y competencias de los órganos de contratación y reglas de ejecución, modificación y extinción no afectadas por el art. 148.1.18 CE
organización y competencias de los órganos de contratación y reglas de ejecución, modificación y extinción no afectadas por el art. 149.1.18 CE
organización y competencias de los órganos de contratación y reglas de preparación y adjudicación no afectadas por el art. 149.1.18 CE