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1 - Según la normativa sobre notificaciones electrónicas, se considerará rechazada una notificación cuando:
Hayan transcurrido diez días naturales desde su puesta a disposición, siempre que el interesado no haya accedido a su contenido, solo si la notificación es voluntaria.
La notificación sea obligatoria o haya sido expresamente elegida por el interesado, y hayan transcurrido diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda a su contenido.
Hayan transcurrido diez días hábiles desde su puesta a disposición.
Hayan transcurrido cinco días naturales desde su puesta a disposición, siempre que el interesado no haya accedido a su contenido, solo si la notificación es voluntaria.