Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, que regula la gestión y el patrimonio de los municipios y otras entidades locales en España, son bienes de dominio público de las Entidades locales:
Aquellos cuyo aprovechamiento corresponda al común de los vecinos.
Los destinados a uso o servicio público.
Todos los bienes que integran su patrimonio.
Aquellos que tengan interés público.