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1 - De acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el procedimiento abierto simplificado:
Es una modalidad del procedimiento abierto.
Se utiliza en los mismos supuestos que el contrato menor.
En los contratos de obra su valor estimado ha de ser igual o superior a 5.000.000 euros.
Podrá ser utilizado por los órganos de contratación en la modalidad de concesión de servicios.