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1 - Un funcionario de nuevo ingreso en la Administración Regional solicita la excedencia para cuidar a su suegra y se plantea cuánto tiempo puede permanecer en esta situación de acuerdo con el TREBEP
No se le puede conceder la excedencia porque no lleva dos años como funcionario.
Hasta dos años, con derecho de reserva de puesto.
Hasta tres años, con derecho de reserva del puesto desempeñado durante, al menos, dos años. (Artículo 89.4)
Hasta dos años con derecho de reserva de un puesto en la misma localidad, pero sin derecho a volver al mismo puesto que ocupaba.