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1 - Se reconoce una garantía económica para personas menores acogidas en familia ajena:
Se concederá cuando lleven mínimo tres meses de acogimiento.
Como medida de protección.
La cuantía cubrirá la cantidad necesaria para completar los recursos del menor hasta alcanzar, como máximo, el importe fijado para el módulo básico del salario social básico.