Parte 6 - Prueba única tipo test - nueve plazas de Auxiliar Administrativo/a (T.L) Diputación Provincial de Cáceres 09/05/2026

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1 - De conformidad con el artículo 72.1 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, relativo al interés de demora del periodo ejecutivo, las cantidades adeudadas devengarán interés de demora desde el inicio del periodo ejecutivo hasta:
La fecha de su ingreso.
El día anterior a su ingreso.
El día posterior a su ingreso.
Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
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2 - De acuerdo con el artículo 75.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, cada actuación de embargo se documentará en:
Providencia de apremio.
Diligencia de embargo.
Acta.
Escritura pública.
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3 - Conforme al artículo 82.1 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el embargo de sueldos, salarios y pensiones se efectuará teniendo en cuenta lo establecido en:
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
El Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
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4 - De acuerdo con el artículo 1 de los Estatutos del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres se constituye como Organismo Autónomo Local al amparo de lo dispuesto en el artículo 85 bis de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:
Con personalidad jurídica propia y autonomía financiera y económica.
Con personalidad jurídica propia y autonomía financiera y funcional.
Con personalidad jurídica plena y autonomía financiera y funcional.
Con personalidad jurídica propia y capacidad financiera y funcional.
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5 - ¿Cuál es la composición del Consejo Rector del Organismo Autónomo de acuerdo con el artículo 12.2 de los Estatutos del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria?
Nueve miembros: Presidente/a y ocho vocales representantes de todos los grupos políticos.
Siete miembros: Presidente/a, Vicepresidente/a y cinco vocales que deben ser todos Alcaldes/as.
Once miembros: Presidente/a, Vicepresidente/a, y nueve vocales elegidos directamente por el Pleno de la Diputación.
Once miembros: Presidente/a, Vicepresidente/a, y nueve vocales: cinco diputados/as a designar por el Pleno de la Diputación de entre sus miembros y cuatro representantes de los Ayuntamientos de la Provincia.
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6 - De acuerdo con el artículo 12.3 de los Estatutos del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, además del/la Gerente y el/la Interventor/a, ¿qué otro miembro asistirá a las sesiones del Consejo Rector con voz pero sin voto?
El/la Secretario/a.
El/la Vicepresidente/a.
Un/a representante del personal.
El/la Tesorero/a.
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7 - De conformidad con el artículo 20.a) de los Estatutos del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, el Consejo Rector celebrará sesión ordinaria como mínimo:
Una vez cada seis meses.
Una vez cada tres meses.
Una vez al mes.
Dos veces al año
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8 - Según lo indicado en el artículo 19,1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, ya sea presencialmente o por medios electrónicos:
Sólo será obligatoria cuando así lo indique el órgano competente para instruir el procedimiento.
Sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley.
Sólo será obligatoria para quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Solo será obligatoria para las personas jurídicas.
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9 - Conforme al artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el acuerdo que resuelva la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados:
Cabrá recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano competente para resolver.
Cabrá recurso de reposición ante el propio órgano.
Cabrá recurso de revisión que se interpondrá ante el propio órgano y resolverá el superior jerárquico.
No cabrá recurso alguno.
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10 - Según lo indicado en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima al interesado para entenderla desestimada por silencio administrativo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional aplicable en España establezcan lo contrario.
El silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, a que se refiere el artículo 29 de la Constitución.
La desestimación por silencio administrativo no permite a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo.