Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tienen la consideración de Administraciones Públicas:
La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.
La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y las Universidades Públicas.
La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.
La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, las Universidades Públicas y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.