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1 - De acuerdo con lo que establece el artículo 58 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, (en adelante, Ley 1/2015) con relación a las fases de ejecución del presupuesto de gasto, el reconocimiento de la obligación es:
El acto mediante el cual se acuerda la realización de gastos.
El acto por el cual se autoriza la realización de un gasto.
El acto mediante el que se declara la existencia de crédito exigible con cargo a la hacienda pública de la Generalitat.
La operación en que el órgano gestor de un gasto propone que se realice el pago.