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1 - Según la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, ¿El Consell podrá interponer recurso de inconstitucionalidad?
Sí.
No, nunca.
Sólo previa aprobación del Poder Judicial.
Sólo previa autorización de la Mesa de les Corts.