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1 - De conformidad al artículo 20, de la ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, el Servicio Murciano de Salud tendrá como fines la ejecución de las competencias de:
Administración y control de servicios, prestaciones y programas sanitarios que le atribuya la Administración de la Comunidad Autónoma.
Dirección y coordinación de servicios, prestaciones y programas sanitarios que le atribuya la Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sanitarios que le atribuya la Administración de la Comunidad Autónoma.
Participación y supervisión de servicios, prestaciones y programas sanitarios que le atribuya la Administración de la Comunidad Autónoma.