Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 28 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, el derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales puestos a su disposición y frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización, así como a la desconexión digital en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, es un derecho:
Individual del personal empleado público.
Individual ejercido colectivamente.
Colectivo del personal empleado público.