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1 - El artículo 128.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las disposiciones administrativas se ajustarán al orden de jerarquía que establezcan las leyes, y añade que:
Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior.
Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango inferior.
Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de igual rango.