Teórico - Parte 4 - Examen tipo test - Trabajo Social T.L (OPE 2021) Junta de Andalucía 10/07/2022

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1 - Según lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, se cede a las Comunidades Autónomas, según los casos, el rendimiento total o parcial en su territorio del siguiente tributo:
Tasa de entrada de vehículos y reserva de la vía pública.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
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2 - Según establece el artículo 41.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en relación con las unidades y comisiones de transparencia:
En cada consejería existirá una unidad de transparencia cuyas funciones se asignarán a una unidad con nivel orgánico mínimo de servicio, que, a estos efectos, actuará bajo la dependencia de la Secretaría General Técnica.
En cada consejería existirá una unidad de transparencia cuyas funciones se asignarán a una unidad con nivel orgánico mínimo de servicio, que, a estos efectos, actuará bajo la dependencia de la Viceconsejería.
En cada consejería existirá una unidad de transparencia cuyas funciones se asignarán a una unidad con nivel orgánico mínimo de servicio, que, a estos efectos, actuará bajo la dependencia de una Dirección General.
En cada consejería existirá una unidad de transparencia cuyas funciones se asignarán a una unidad con nivel orgánico mínimo de servicio, que, a estos efectos, actuará bajo la dependencia de la Secretaría General.
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3 - En base a lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades y organismos adscritos, la coordinación general en materia de transparencia será ejercida por:
La Comisión Consultiva de Transparencia y Protección de Datos.
El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
La Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.
La Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.
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4 - El Consejo de Gobierno podrá crear Comisiones Delegadas para coordinar la elaboración de directrices y disposiciones, programar la política sectorial y examinar asuntos de interés común a varias Consejerías. ¿Cuál es la Comisión Delegada que tiene la función, entre otras, de proceder al estudio de las materias relativas al bienestar social, igualdad e inmigración que hayan de ser debatidas en el Consejo de Gobierno?
La Comisión Delegada para la Igualdad, la Acción Social, la Cooperación y la Inmigración.
La Comisión Delegada para la Igualdad, el Bienestar Social y la Inmigración.
La Comisión Delegada para la Igualdad, las Políticas Sociales, la Conciliación y la Inmigración.
La Comisión Delegada para la Igualdad, los Servicios Sociales, la Familia y la Inmigración.
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5 - Conforme al artículo 57 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía y para contribuir a la adecuada coordinación de las acciones contempladas en los planes estratégicos de servicios sociales de Andalucía, se crea:
La Comisión permanente de Servicios Sociales y Acción Social.
El Sistema de gestión y coordinación -CoheSSiona-.
La Comisión de Coordinación y Colaboración de los Servicios Sociales.
El Consejo de Servicios Sociales de Andalucía.
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6 - El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía tiene por objeto, según se establece en el artículo 2.1 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía:
La protección y la adecuada cobertura de las necesidades sociales, derivadas de la interacción de las personas con su entorno, sea éste grupal o comunitario.
Constituir una red integrada de prestaciones y servicios, cuya finalidad es favorecer la integración social, la igualdad de oportunidades, la autonomía personal, la convivencia y la participación social y el bienestar social de todas las personas, familias y grupos, desarrollando una función promotora, preventiva, protectora y asistencial.
Garantizar la cobertura de la necesidad básica de integración social y prevenir y atender adecuadamente las situaciones de vulnerabilidad de las personas, de las unidades familiares y de los grupos en situación de exclusión social.
La convivencia de las personas y de los grupos sociales, considerando y atendiendo a su diversidad, y promover la tolerancia, el respeto y la responsabilidad en las relaciones personales y familiares.
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7 - Para cumplir con el objetivo de sostenibilidad del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, y en base a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, la Consejería competente en materia de servicios sociales desarrollará los instrumentos normativos, de planificación, gestión y evaluación necesarios para (señala la opción INCORRECTA):
Identificar sistemáticamente las necesidades y expectativas de sus grupos de interés.
Fomentar procesos integrales de atención fundamentados en la evidencia científica.
Promover la integración de la responsabilidad social en todos los niveles de la organización.
Garantizar la sostenibilidad social, económico-financiera y ambiental del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
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8 - Según establece el artículo 29.3 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, cada centro de servicios sociales comunitarios estará compuesto:
Como mínimo, por un equipo básico de servicios sociales comunitarios.
Por un equipo multidisciplinar de profesionales empleados públicos, dicho equipo estará dotado con personal técnico y personal administrativo.
Por funcionarios de las disciplinas o áreas de conocimiento de trabajo social, educación social o psicología, así como personal administrativo.
Por equipos profesionales y personal administrativo en relación a las necesidades de atención de la población de referencia que integran la Zona Básica de Servicios Sociales.
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9 - El artículo 3.8, de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, recoge la siguiente definición: “Aquellas entidades sin ánimo de lucro cuyas personas socias son, principalmente, las personas que se encuentran en una situación de necesidad o dificultad común y deciden asociarse para afrontarla, así como, en su caso, sus familiares.”. Dicha definición se refiere a:
Organizaciones de autoayuda de carácter social.
Grupos de apoyo mutuo.
Grupos de discusión.
Organizaciones de ayuda mutua.
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10 - Respecto a la Planificación Estratégica de los Servicios Sociales en Andalucía, el Consejo de Gobierno aprobó mediante Acuerdo de 23 de enero de 2018, la formulación del Plan Estratégico de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en dicho Acuerdo, en el punto segundo, se estipula que su finalidad es la siguiente:
Identificar las líneas estratégicas prioritarias que permitirán alcanzar los objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
Establecer una planificación estratégica a diez años vista del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, para alcanzar los objetivos del propio sistema.
Modernizar y optimizar el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
Digitalizar de forma inteligente el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.