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1 - Según lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, se cede a las Comunidades Autónomas, según los casos, el rendimiento total o parcial en su territorio del siguiente tributo:
Tasa de entrada de vehículos y reserva de la vía pública.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.