Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - En la Orden de 18 de julio de 2003, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales específicos de los Centros de Atención y Acogida a mujeres víctimas de malos tratos, el recurso que ha de contar con un personal mínimo de una Directora, un trabajador/a social, una psicóloga/o, una abogada/o y seis auxiliares sociales, es el recurso de:
Casa de Acogida.
Piso tutelado.
Centro de emergencia.
Ninguna de las opciones anteriores es correcta.