Teórico - Parte 8 - Examen tipo test - Ayudantes de Archivo T.L (OEP 2021) Junta de Andalucía 13/07/2022

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1 - Según el Reglamento Marco de los Archivos de la Iglesia en Andalucía de 2008, los libros parroquiales y la documentación con más de 100 años conservada en los archivos parroquiales andaluces serán transferidos al:
Archivo diocesano.
Archivo catedralicio.
Cabildo eclesiástico.
La Consejería que ostente la competencia en materia de Patrimonio Documental.
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2 - Según el Reglamento Marco de los Archivos de la Iglesia en Andalucía de 2008, los archivos del ámbito diocesano son:
El diocesano, el catedralicio, los colegiales, los parroquiales, el de los seminarios, los de asociaciones públicas de fieles y los de cualquier otra institución canónicamente erigida dentro de la diócesis.
El diocesano, el catedralicio, los colegiales, los parroquiales, el de los seminarios, los de asociaciones públicas de fieles y los de otras comunidades religiosas que hayan suscrito convenio.
Únicamente el diocesano y el catedralicio.
Únicamente el diocesano, el catedralicio y el de órdenes monásticas.
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3 - Según Carmen Bello y Àngels Borrell en su obra Los documentos de archivo: cómo se conservan, la aparición de agujeros, perforaciones, galerías y erosiones en los documentos de archivo en soporte papel indica:
Destrucción mecánica provocada por insectos.
Actividad de microorganismos
Acción de hongos.
Acción de roedores.
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4 - El máximo órgano consultivo de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Patrimonio Histórico es:
La Comisión Andaluza de Bienes Culturales.
El Consejo Andaluz del Patrimonio Histórico.
El Consejo de Patrimonio Histórico de Andalucía.
La Comisión Andaluza de Patrimonio Cultural.
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5 - El artículo 16 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, dispone que los bienes del Patrimonio Documental de Andalucía inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz:
Quedan inscritos de oficio en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental de Andalucía, por disposición expresa del artículo 16.3 de la Ley 7/2011.
Están excluidos expresamente del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental de Andalucía, por disposición del artículo 16.3 de la Ley 7/2011.
Han de inscribirse en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental de Andalucía, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 17 de la Ley 7/2011.
Si han sido inscritos previamente en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental de Andalucía, han de ser excluidos mediante resolución de la persona titular de la dirección general competente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental.
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6 - Señale cuál de los supuestos siguientes podrá dar lugar al ejercicio del derecho de retracto por parte de la consejería competente en materia de Patrimonio Documental:
Trasladar documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía sin la autorización de la autoridad competente.
Incumplimiento de la obligación de comunicación previa a la consejería competente de la transmisión onerosa entre vivos de la propiedad o derechos sobre bienes inscritos en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental de Andalucía.
Incumplimiento de la obligación de comunicación previa a la consejería competente de la transmisión onerosa entre vivos de la propiedad o derechos sobre bienes integrantes del Patrimonio Documental de Andalucía.
El incumplimiento de la obligación de notificar a la consejería competente la transmisión a título de herencia, legado o donación de la propiedad, posesión o tenencia de los documentos integrantes del Patrimonio Documental de Andalucía en el plazo de tres meses.
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7 - Permitir el acceso a los documentos para su consulta, estudio o investigación, es una obligación que atañe sólamente a:
Todas las personas físicas o jurídicas, propietarias, titulares de derechos o poseedoras de documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía.
Todas las personas físicas o jurídicas, propietarias, titulares de derechos o poseedoras de documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Exclusivamente las personas jurídicas, propietarias, titulares de derechos o poseedoras de documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía.
Todas las personas físicas o jurídicas, propietarias, titulares de derechos o poseedoras de documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como bienes de interés cultural.
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8 - La agrupación de los archivos en subsistemas en razón de su titularidad se recoge en:
El Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, aprobado por Decreto 97/2000, de 6 de marzo.
El Reglamento de Organización del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, aprobado por el Decreto 73/1994, de 29 de marzo.
La Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos.
La Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.
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9 - El "principio de procedencia" como piedra angular de la disciplina archivística fue enunciado por:
Natalis de Wailly en 1841.
Jean Mabillon en 1674.
Heinrich von Seybel en 1876.
Hilary Jenkinson en 1901.
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10 - Según el tenor completo de los artículos 10 y 11 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, los documentos de titularidad pública:
Se definen por su inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad. La Junta de Andalucía podrá recuperar en todo momento la posesión de estos documentos cuando se hallen indebidamente en posesión de terceros, adoptando las medidas legales oportunas para conseguir su reintegro.
A efectos de su validez, han de cumplir los requisitos de autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y contextualización, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación.
Los documentos de titularidad pública electrónicos incorporarán la información precisa que determine la consideración de su originalidad en los términos en que se desarrolle reglamentariamente.
A, B y C son correctas.