Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 3.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, dicha ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de:
Policía, seguridad, resguardo aduanero, servicios operativos de protección civil, Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil.
Personal de administración y servicios de centros y establecimientos militares.
Las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Personal estatutario de los sistemas de salud y al personal de la Administración de Justicia.