Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Señale la respuesta correcta (artículo 61 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local). El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y en, todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales:
Mediante Ley Orgánica.
Mediante Ley Ordinaria.
Mediante Real Decreto.
Mediante Decreto Legislativo.