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1 - De conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ponen fin a la vía administrativa:
Las providencias dictadas por el Alcalde.
Los acuerdos del Pleno en cualquier caso.
Las órdenes de servicio dictadas por el Jefe de la Policía Local.
Las resoluciones de un concejal dictadas por delegación del Alcalde.