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1 - A los efectos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social:
Forman parte del sector público y se consideran poderes adjudicadores.
Forman parte del sector público, por lo que tendrán la consideración de Administraciones públicas.
Tendrán tanto la consideración de administración pública como de poder adjudicador.
La Ley 9/2017 no las menciona, pues su regulación corresponde a la Ley de la Seguridad Social.