Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y restantes ingresos de derecho público de las entidades locales, el recurso de reposición que se refiere el art. 14 del TRLHL:
Tendrá siempre carácter potestativo.
Tendrá siempre carácter obligatorio para agotar la vía administrativa.
Tendrá carácter obligatorio en los municipios a los que se refiere el título X LRBRL como paso previo a la interposición de la reclamación económico-administrativa a que se refiere el art. 137 LRBRL.
Tendrá carácter potestativo, únicamente, en los municipios que se rijan por el Título X de la LRBRL.