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1 - Según el Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, en las salas en las que se preparen, traten o transformen los productos alimenticios, los desperdicios de productos alimenticios:
Los productos de limpieza y desinfección se mantendrán encima de la encimera, al lado del grifo, para estar fácilmente accesibles.
La ventilación mecánica permitirá que se formen corrientes de aire desde zonas contaminadas a zonas limpias.
Los residuos orgánicos deberán retirarse al menos 2 veces al día.
Las ventanas que comuniquen al exterior deberán estar provistos, en caso necesario, de pantallas contra insectos que puedan desmontarse con facilidad para la limpieza.