Parte 2 - Examen Policía Local (4 plazas P.I) Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid 17/03/2023

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - En qué distrito se encuentra la Calle Kálamos:
En el Distrito Centro.
En el Distrito Sur.
En el Distrito Norte.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
2 - Cual es el Patrón de Las Matas:
San José de Nazaret.
San José del Pedrosillo.
San José Obrero.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
3 - Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en relación a las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, le corresponde la competencia en “la coordinación de la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público” a:
El Ministerio del Interior
La Administración General del Estado
Las Comunidades Autónomas
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
4 - Conforme establece el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en relación con la utilización de carriles, el conductor de un automóvil, que no sea un vehículo para personas de movilidad reducida, o un vehículo especial con la masa máxima autorizada, deberá atenerse a la siguiente regla:
Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, se debe utilizar el de la derecha y solo podrá abandonarlo para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
Cuando se circule por calzadas con doble sentido de circulación, delimitadas por marcas longitudinales, puede utilizar el carril que mejor convenga a su destino, pero no debe abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, puede utilizar el que mejor convenga a su destino, pero no debe abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
5 - Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ¿Con qué antelación debe el titular de la vía comunicar a las autoridades competentes en materia de gestión del tráfico, los cambios que realice en las limitaciones de velocidad?
Un mes
Dos meses
Tres meses
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
6 - Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes (señale la respuesta incorrecta):
Fuera de poblado al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada, a vehículos de auxilio prestando servicio y a ciclos que circulan por ella o por su arcén
En el cruce con otro vehículo, cuando las circunstancias de la vía, de los vehículos o las meteorológicas o ambientales no permitan realizarlo con seguridad
Al aproximarse a un autobús, principalmente si se trata de un autobús de transporte escolar
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
7 - En las vías fuera de poblado sin pavimentar el límite de velocidad máximo será de (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación):
30 km/h
40 km/h
50 km/h
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
8 - En relación a la velocidad máxima en vías fuera de poblado, señale cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta (RD 1428/2003, de 21 de noviembre):
En carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 90 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.
En carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.000 kg.
En carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.