Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, el público será informado de la existencia de dispositivos de videovigilancia de manera clara y permanente:
De la existencia de videocámaras fijas, sin especificar su emplazamiento y de la autoridad responsable.
De la existencia de videocámaras fijas, especificando su emplazamiento y de la autoridad responsable.
De la existencia de videocámaras móviles, sin especificar su emplazamiento y de la autoridad responsable.