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1 - Según establece la Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía, la terminación convencional en los procedimientos de Responsabilidad Patrimonial:
Exige la autorización por el Parlamento de Andalucía, siempre que la cuantía de la indemnización supere determinados umbrales económicos.
Exige en todos los casos la autorización del Consejo de Gobierno.
Exige la autorización de la Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma.
No es posible un acuerdo entre administración y perjudicado para la indemnización en los supuestos de responsabilidad patrimonial.