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1 - De acuerdo a lo regulado en el Real Decreto 1558/1986, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias, en relación con la responsabilidad disciplinaria del personal vinculado, ¿cuál es el órgano competente para instruir y sancionar, conforme a lo que establecen los Convenios Marcos de este personal?
La potestad disciplinaria la ostenta la autoridad universitaria, por ser el contrato principal de naturaleza docente para esta clase de personal.
La potestad disciplinaria la ostenta la autoridad de los centros sanitarios, por ser el ámbito de mayor especificidad para este tipo de personal.
Para determinar la institución competente en las actuaciones disciplinarias, se estará al ámbito y naturaleza de la falta cometida.
Para instruir los correspondientes expedientes disciplinarios de este tipo de personal se constituirán comisiones mixtas Universidad-Servicios de Salud, que enjuicien los hechos, los califiquen y los sancionen.