1 - La Ley 55/2003 (del Estatuto Marco) regula la forma de creación, modificación y supresión de las diferentes categorías profesionales del personal estatutario. Señale la respuesta correcta por ser lo que establece el artículo 15 de la citada Ley en su versión vigente:
La creación, modificación y supresión de las diferentes categorías corresponde al Ministerio de Sanidad, de tal forma que exista homogeneidad en todos los servicios de salud que permitan la participación de los profesionales en los procesos de movilidad voluntaria en todo el territorio del Estado.
La creación, modificación y supresión de las diferentes categorías corresponde al Consejo Interterritorial de Sanidad, con objeto de que los diferentes servicios de salud posibiliten la participación de los profesionales en los procesos de movilidad voluntaria en todo el territorio del Estado.
En el ámbito de la Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud se establecerán, modificarán o suprimirán las categorías de personal estatutario, y corresponde al Ministerio de Sanidad la aprobación de un catálogo homogéneo donde se establecerán las equivalencias de las categorías profesionales de los servicios de salud.
En el ámbito de cada servicio de salud se establecerán, modificarán o suprimirán las categorías de personal estatutario, y corresponde al Ministerio de Sanidad la aprobación de un catálogo homogéneo donde se establecerán las equivalencias de las categorías profesionales de los servicios de salud.
2 - La Ley 55/2003 (del Estatuto Marco) regula -en su artículo 49- la jornada especial del personal estatutario de los centros sanitarios, y a tal efecto exige:
Que la duración de la misma no exceda de 100 horas anuales sobre el límite conjunto de jornada ordinaria y complementaria, si el profesional supera los 55 años de edad.
Que la jornada especial se solicite por el profesional por escrito, y que su duración temporal no exceda de seis meses.
Que la jornada especial se solicite por el profesional por escrito, y que no exceda de 150 horas al año por encima del límite conjunto de jornada ordinaria y complementaria.
Las respuestas B) y C) son correctas.
3 - Desde el punto de vista de la clasificación de las retribuciones que hace la Ley 55/2003 (del Estatuto Marco), los trienios se consideran:
Retribución complementaria fija.
Retribución básica.
Retribución complementaria variable.
No pertenece a la clasificación de retribuciones básicas ni complementarias.
4 - De acuerdo a lo regulado en la Ley 55/2003 (del Estatuto Marco), perdida la condición de personal estatutario como consecuencia de la declaración de incapacidad, y si esta es revisada conforme a sus normas reguladoras, se produce la siguiente consecuencia:
Si se produce antes del transcurso de dos años desde la declaración de incapacidad, el interesado tiene derecho a incorporarse a plaza de la misma categoría y área de salud.
Si se produce antes del transcurso de dos años desde la declaración de incapacidad, el interesado tiene derecho a incorporarse a plaza de la misma categoría en el último dentro de destino.
Si se produce tras el transcurso de dos años desde la declaración de incapacidad, supondrá la simultánea declaración del interesado en la situación de excedencia voluntaria. El interesado podrá reincorporarse al servicio activo a través de los procedimientos previstos para el reingreso al servicio activo, sin que sea exigible tiempo mínimo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria.
Las respuestas A) y C) son ciertas.
5 - En relación con el Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH), señale la respuesta INCORRECTA:
El PORH del SAS puede entenderse como una herramienta de gestión que permite tomar decisiones referentes a los profesionales a lo largo de su vida.
En el PORH se tienen en cuenta las entradas de los profesionales al sistema, programando el acceso de éstos a la Organización.
En el PORH se tiene en cuenta el proceso, es decir, el periodo en el que los profesionales están activos en el sistema, donde se recogen aspectos relacionados con la movilidad geográfica de los profesionales, la movilidad funcional, la promoción de los profesionales y la reclasificación profesional.
En el PORH se tienen en cuenta las salidas, definitivas y provisionales, de los profesionales del sistema, donde se recogen aspectos relacionados con la jubilación, tanto obligatoria como voluntaria de los profesionales.
6 - Según el artículo 16 del Decreto 136/2001, una vez que se haya notificado la resolución de concesión del reingreso provisional en el servicio activo, el afectado deberá tomar posesión de la plaza adjudicada. ¿Qué plazo tiene para ello, a contar desde el día siguiente al de la notificación?
Quince días naturales.
Quince días hábiles.
Treinta días naturales.
Treinta días hábiles.
7 - ¿Qué establece el Decreto 136/2001, sobre el sistema de promoción interna?
De las plazas acordadas en las Ofertas de Empleo Público podrá reservarse hasta un 50 por 100 de cada categoría y, en su caso, especialidad para su provisión por el sistema de promoción interna.
Las pruebas selectivas de promoción interna podrán realizarse mediante convocatoria conjunta con las del sistema de acceso libre, o a través de convocatorias específicas si así lo aconsejan razones de planificación o de eficacia en la gestión, y sin negociación en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma.
Las plazas que no se cubran por el sistema de promoción interna, no se acumularán a las convocadas por el sistema general de acceso libre, salvo en el caso de las convocatorias específicas.
De conformidad con lo establecido en el apartado 5 del artículo 8 de la Ley 30/1999, de 5 de octubre, las personas aspirantes que por este sistema accedan a nombramiento de distinta categoría y, en su caso, especialidad, no tendrán preferencia para la elección de plaza en la correspondiente convocatoria conjunta, sobre las personas aspirantes que no procedan de este sistema.
8 - Según el artículo 27 del Pacto de Bolsa Única de SAS, aprobado por la Mesa Sectorial de Sanidad, si dos personas candidatas tienen la misma puntuación en el listado definitivo, la oferta se realizará en primer lugar a quien haya acreditado en ese listado:
Más servicios prestados en la categoría en el SSPA, y en el SNS subsidiariamente. De persistir el empate, la oferta se realizará en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en formación académica.
Más servicios prestados en la categoría en el SSPA, y en el SNS subsidiariamente. De persistir el empate, la oferta se realizará en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en formación continuada.
Más servicios prestados en el SSPA, y en el SNS subsidiariamente. De persistir el empate, la oferta se realizará en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en formación continuada.
Más servicios prestados en la categoría en centros públicos, y en centros privados subsidiariamente. De persistir el empate, la oferta se realizará en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en formación continuada.
9 - El Baremo de Méritos para Licenciados Sanitarios y de Gestión y Servicios, en el actual sistema de reconocimiento y promoción de Nivel de Carrera Profesional en el SAS (Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud), se basa en cinco factores, que son: CRP Objetivos de equipo, CRP objetivos individuales, Formación, Docencia e Investigación. Indique la respuesta correcta sobre cómo aplican estos factores:
Todos ellos aplican en los cinco Niveles para reconocimiento y promoción.
Todos ellos aplican en los cuatro últimos Niveles para reconocimiento y promoción, y ninguno en el Nivel I, que se basa sólo en el tiempo de servicios prestados.
Todos ellos aplican en los Niveles III, IV y V para reconocimiento y promoción, mientras que en Nivel I solo aplican los dos primeros (CRP Objetivos de equipo y CRP objetivos individuales).
Los cuatro primeros aplican en los cinco Niveles para reconocimiento y promoción, y el factor Investigación solo aplica para el reconocimiento y promoción en Nivel IV y V de Carrera Profesional.
10 - Según el punto 13 de la Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del SAS, los profesionales que hayan desarrollado su labor en puestos de difícil cobertura, y a efectos de reconocimiento y promoción de Nivel de Carrera Profesional, podrán:
Si el tiempo de servicios prestados lo ha sido de al menos tres años ininterrumpidos, podrán incorporarse directamente al Nivel II, sin que le sea exigible haber alcanzado previamente el primer grado de reconocimiento del desarrollo profesional.
Si el tiempo de servicios prestados lo ha sido de al menos seis años ininterrumpidos, podrán incorporarse directamente al Nivel III, sin que le sea exigible haber alcanzado previamente el segundo grado de reconocimiento del desarrollo profesional.
Si el tiempo de servicios prestados lo ha sido de al menos tres años ininterrumpidos, están eximidos del cumplimiento del requisito de la acreditación de competencias para acceder al Nivel II.