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1 - Según la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el personal estatutario temporal podrá estar sujeto a un período de prueba que no podrá superar:
Los tres meses para todo el personal.
Los dos meses para el personal de formación universitaria y un mes para el resto del personal.
Los tres meses para el personal de formación universitaria y dos meses para el resto del personal.
Los tres meses para el personal de formación universitaria y un mes para el resto del personal.