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1 - Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su Artículo 91. Notificaciones en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), establece que: “las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, se practicarán en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).” ¿Qué periodo de tiempo debe transcurrir desde que la notificación se hubiese publicado en el BOE para que se entienda que esta ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite?
Un Período de veinte días naturales.
Un Período de veinte días hábiles.
Un Período de quince días hábiles.
Un Período de quince días naturales.