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1 - Según lo indicado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, la presentación de una denuncia:
No confiere por si sola la condición de interesado en el procedimiento.
Confiere por si sola la condición de interesado en el procedimiento.
La denuncia no es una forma de iniciar el procedimiento.
Si la denuncia es anónima, no confiere la condición de interesado en el procedimiento.