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1 - Conforme señala el artículo 37 de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, para la dirección y coordinación de las acciones y dispositivos de salud pública de la Administración Sanitaria, en el ámbito del área de salud, se nombrará por el titular de la Consejería competente en materia sanitaria un:
Director Asistencial del Área.
Gerente de Área.
Consejo de Área.
Director de Salud de Área.