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1 - En el ejercicio de la función jurisdiccional contable del Tribunal de Cuentas, las resoluciones dictadas por la Sala de Apelación del citado Tribunal son susceptibles, en determinados supuestos:
De recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
De recurso de revisión por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma competente en razón del territorio.
El Tribunal de Cuentas no es participe de la función jurisdiccional, que solo compete a Jueces y Tribunales.
De recurso ante el pleno del Tribunal de Cuentas.