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1 - De acuerdo con la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el paciente tiene el derecho de acceso a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Regularán el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos:
Los servicios de salud de cada Comunidad Autónoma.
Las autoridades sanitarias.
Los centros sanitarios.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.