Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según lo dispuesto en el artículo 166 de la Constitución Española, la iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos:
en la Ley de Régimen Electoral.
en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
en los apartados 1 y 2 del artículo 87.
en los apartados 1 y 2 del artículo 88.