1 - Según se dispone en el Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas, ¿con qué otro recurso es compatible la prestación económica de asistencia personal?
El servicio de teleasistencia.
La prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
El servicio de centro de atención diurna.
El servicio de ayuda a domicilio.
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2 - Según se dispone en el Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas, sin computar el servicio de teleasistencia, ¿cuántos servicios y/o prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia pueden concederse como máximo?
1
2
3
Solo puede concederse un recurso incluyendo el servicio de teleasistencia.
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3 - El Sistema de Información de Usuarios\Usuarias de Servicios Sociales - SIUSS tiene una utilidad inmediata en el nivel de UTS, permitiendo, las siguientes posibilidades: (Señale la opción incorrecta)
Permitiendo una agilización de la gestión y el almacenamiento de cantidad limitada de datos de sus usuarios y usuarias.
Hacer que el/la propio/a Profesional pueda realizar la explotación estadística de sus datos, lo que le posibilita y facilita un mejor conocimiento de los problemas de su zona y la elaboración de sus informes sociales.
Conocer el perfil socio-demográfico de la población que accede a los servicios sociales.
Detectar los problemas individuales y colectivos desde criterios homogéneos de análisis y valoración.
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4 - De acuerdo con la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado, son obligaciones de las entidades del voluntariado. (Señale la opción correcta):
Seleccionar a las personas voluntarias de acuerdo con las tareas a realizar y las condiciones fijadas en el estatuto.
Solicitar y obtener de la administración de la Generalitat la información, orientación, formación y apoyo necesarios para el desarrollo de la actividad de voluntariado.
Articular los mecanismos necesarios para garantizar la información, participación y colaboración de la persona voluntaria, tanto en la entidad como en los programas que ésta desarrolle.
Posibilidad de suspender la colaboración voluntaria de las personas que infrinjan su compromiso de colaboración.
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5 - De acuerdo con la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado, en relación con la actividad voluntaria, son competencias de las Administraciones Públicas (Señale la opción incorrecta):
Fomentar la participación de las personas y los grupos en que se integran en la vida comunitaria.
Coordinar y orientar los cauces de participación de la acción voluntaria, removiendo los obstáculos existentes con pleno respeto a la autonomía e independencia de las entidades de voluntariado.
Proporcionar la formación e información necesaria para que las entidades de voluntariado puedan desarrollar su actividad, arbitrando los mecanismos necesarios para reconocer las formaciones específicas que pudieran requerir las entidades que desarrollan programas de voluntariado, a fin de que sus personas voluntarias puedan desarrollar sus cometidos.
Aprobar los programas de voluntariado.
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6 - De acuerdo con la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado, entre los derechos de las personas voluntarias no se encuentra:
Estar asegurado mediante póliza que cubra los siniestros del propio voluntariado y los que se produzcan a terceros, en el ejercicio de las actividades encomendadas.
Recibir compensación económica por los gastos ocasionados en el desarrollo de su actividad, siempre que así se haya pactado entre la organización y la persona voluntaria con las características y los capitales que se determinen reglamentariamente.
Variar las características de la actividad desarrollada, si las circunstancias de la entidad lo permiten, sin modificar las características constituyentes de una actividad voluntaria.
Participar en las actividades formativas previstas por la entidad y en las que sean necesarias para mantener la calidad de los servicios que se prestan.
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7 - De acuerdo con el Código deontológico de los trabajadores sociales, en lo relativo a la actuación profesional del trabajador / a Social con otras/os profesionales (Señale la opción incorrecta):
En los casos en los que exista una intervención simultánea con otros profesionales, el/la profesional del trabajo social debe procurar la coordinación necesaria para que aquella sea adecuada desde el ámbito de sus competencias en el marco de la institución u organización en la que ejerza su actividad.
El/la profesional del trabajo social podrá recabar, en cualquier momento y sin limitación alguna la presencia de terceras personas ajenas al acto de intervención profesional, para su colaboración en la misma, cuando lo considere necesario.
El/la profesional del trabajo social promueve el intercambio de conocimientos, experiencias e ideas con los/las colegas y profesionales de otras disciplinas a fin de enriquecerse mutuamente y mejorar la intervención social.
El/la profesional del trabajo social preste desinteresadamente y orientación y guía, así como atención a las demandas, con la máxima diligencia a los/as colegas que lo soliciten.
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8 - De acuerdo con el Código deontológico de los trabajadores sociales, en lo relativo a la figura del/la profesional del trabajo social y su relación con las instituciones (Señale la opción incorrecta):
El/la profesional del trabajo social, debe promover la participación en la mejora de las políticas sociales, en la planificación y organización, en los procedimientos y protocolos, en los estándares de calidad y el código deontológico de la institución u organismo donde presta sus servicios.
El/la profesional del trabajo social, debe informar con regularidad de su actividad a los responsables de la entidad donde preste sus servicios, facilitando toda la información a su alcance sin límite alguno.
El/la profesional del trabajo social debe dar a conocer a los/las responsables o directivos/as de la institución u organismo donde presta sus servicios, las condiciones y los medios indispensables para llevar a cabo la intervención social que le ha sido confiada, así como todo aquello que obstaculice su labor profesional.
El/la profesional del trabajo social dispondrá de autonomía para elegir y aplicar en la elección y aplicación de las técnicas idóneas, medios y condiciones que favorezcan sus relaciones e intervenciones profesionales. Así mismo, tiene derecho a solicitar de la organización donde preste sus servicios la oportunidad de formarse y actualizarse en todas aquellas materias que repercutan en un mejor desempeño de su acción profesional.
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9 - De acuerdo con el Código deontológico de los trabajadores sociales, respecto a la vulneración del secreto profesional (Señale la opción incorrecta):
No se vulnera cuando fuera relevado/a del secreto profesional, por escrito, por la persona usuaria, su representante legal o sus herederos.
No se vulnera cuando reciba orden de informar sobre cuestiones confidenciales por mandato legal o por un órgano judicial.
No se vulnera cuando sea denunciado por un usuario por la comisión de un delito o falta o la infracción del código deontológico siempre que no existan otras formas eficaces de defenderse.
No se vulnera cuando la persona usuaria o terceras personas no puedan resultar afectadas de una forma injusta y grave.