Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con el artículo 102 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, respecto de la participación y colaboración familiar en el proyecto de intervención, las personas progenitoras o las que ejerzan la tutela o la guarda de hecho o de derecho de la persona protegida:
Tan solo deberán colaborar activamente en su desarrollo si previamente han prestado su consentimiento al mismo.
Si manifiestan previamente su rechazo al proyecto de intervención, ya no es preciso que colaboren activamente.
Cuando presten su consentimiento se valorara si es preciso que participen o no.
Presten o no su consentimiento al proyecto deberán colaborar activamente en su desarrollo.