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1 - De acuerdo con lo previsto en el artículo 55 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la organización central de la Administración General del Estado:
Son órganos superiores los Ministros y los Secretarios de Estado.
Son órganos superiores los Ministros, los Secretarios de Estado, los Secretarios Generales y los Subsecretarios.
Son órganos directivos los Secretarios de Estado, los Secretarios Generales y los Subsecretarios.
Son órganos directivos los Secretarios de Estado, los Secretarios Generales, los Subsecretarios y los Directores Generales.