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1 - Según el Título V de la Constitución Española sobre las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales:
El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante las Cortes Generales.
El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en el Congreso de los Diputados. Para esta clase de debate, los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo mensual.
Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.
El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante las Cortes Generales la cuestión de confianza sobre su programa.