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1 - La Disposición Adicional 2ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, determina que, en los municipios de régimen común, corresponde al Alcalde:
La competencia como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, servicios o suministros cuando su valor estimado no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni los seis millones de euros.
La competencia como órgano de contratación respecto de los contratos de concesión de obras, concesión de servicios y contratos administrativos especiales cuando el valor estimado no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni los seis millones de euros.
Las respuestas a y b son correctas.
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