Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Indique la respuesta INCORRECTA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Constitución Española, el domicilio es inviolable, sin embargo, se podrá realizar entrada o registro en él:
Con el consentimiento del titular.
Con resolución judicial.
En caso de flagrante delito.
Para garantizar el honor, la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.