1 - De conformidad con el artículo 14.2,e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, de las Administraciones Públicas, los empleados de las Administraciones Públicas, para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
No se encuentran obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, pudiendo elegir en todo momento si se comunican a través de medios electrónicos o no.
Se encuentran obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas por razón de su condición de empleado público, en la forma que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Las respuestas a) y b) son incorrectas.
2 - Conforme a lo dispuesto literalmente en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Cuando por razones de interés público lo aconsejen y siempre de oficio se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario sin excepción alguna.
Cuando por razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes o recursos.
Siempre a instancias del interesado y cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario sin excepción alguna.
3 - De conformidad con el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, de las Administraciones Públicas, toda notificación deberá ser cursada:
Dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en la que el acto haya sido dictado.
En el plazo de 10 días a partir del día siguiente a la fecha en que el acto haya sido dictado.
En el plazo de 15 días a partir de la fecha en la que el acto haya sido dictado.
4 - De conformidad con el artículo 48.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el defecto de forma de un acto administrativo:
En todo caso es un motivo de anulabilidad del acto.
Solo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.
No es un motivo de anulabilidad del acto ya que no incurre en infracción del ordenamiento jurídico.
5 - Conforme a lo dispuesto en el artículo 47 bis. del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la prestación del servicio mediante teletrabajo:
Tiene en todo caso carácter obligatorio en el momento que se autorice.
Tiene carácter voluntario y no necesita de autorización expresa ya que se configura como un derecho del funcionario.
Habrá de ser expresamente autorizada, y tiene, en todo caso, carácter voluntario y reversible, salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados.
6 - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las resoluciones y actos que ponen fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada, siendo el plazo para dictar y notificar su resolución de un mes.
Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 112.1 de la citada ley, cuando no pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada, siendo el plazo máximo para dictar y notificar su resolución de tres meses.
Las resoluciones y actos que no ponen fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada, siendo el plazo de interposición de un mes y, en todo caso, se interpondrá ante el órgano que dictó el acto.
7 - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las resoluciones y actos que no ponen fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en reposición, siendo el plazo para su interposición y para dictar y notificar la resolución de un mes.
Las resoluciones y actos que ponen fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en reposición, siendo de obligado cumplimiento su interposición antes de acudir al orden jurisdiccional contenciosos administrativo.
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado, siendo el plazo para su interposición, si el acto fuera expreso, así como el plazo máximo para dictar y notificar su resolución, de un mes.
8 - De conformidad con el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión, que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente, ante el órgano:
Que los dictó y dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Superior jerárquico que dictó el acto y dentro del plazo del mes siguiente a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Que dictó el acto y dentro del plazo de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos.
9 - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el incumplimiento de la obligación de designar un delegado de protección de datos cuando sea exigible su nombramiento de acuerdo con esta ley, constituye:
Una infracción leve.
Una infracción grave.
Una infracción muy grave.
10 - RESERVA 10. De conformidad con el artículo 20 de la Ley 19/2023, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública:
Son susceptibles de recurso de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución.
Son recurribles directamente ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Son recurribles ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa previa interposición de recurso potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución.