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1 - Según la legislación de procedimiento administrativo común, en un procedimiento sancionador con posibilidad de imposición de una sanción pecuniaria el presunto responsable puede beneficiarse de una reducción:
Del 50% de su importe si paga voluntariamente en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la recepción de la correspondiente notificación de la denuncia.
De al menos el 20% si el infractor desiste o renuncia a cualquier acción o recurso contra la sanción.
De al menos el 40% siempre que la reducción esté determinada en la notificación de la iniciación del procedimiento y el presunto responsable pague voluntariamente.
De al menos el 20% si se produce el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución.